CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO LABORAL Se pueden clasificar según su forma y según su duración : SEGÚN SU FORMA CONTRATO VERBAL :El contrato laboral no siempre requiere formalidades para su existencia, por lo tanto, puede celebrarse de manera verbal. Lo que si es necesario es que quede claro para las partes, los siguientes aspectos: • La(actividad a desarrollar y el sitio donde se realizará. • La cuantía, forma, y los períodos de pago. • La duración del contrato. Se debe tener en cuenta que si no se presenta acuerdo sobre los anteriores puntos, pero se encuentran los 3 elementos esenciales del contrato laboral, prestación personal del servicio, subordinación y salario, se encuentra vigente el contrato laboral, ya que prima la realidad sobre la forma. CONTRATO ESCRITO: El contrato laboral se celebra de manera escrita cuando sus formalidades de ley lo requiere, debido que es n...
PARTES DEL CONTRATO Empleador: E s cualquier persona natural o jurídica que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores, para que presten un servicio para sí, a cambio de una contra prestación o remuneración. Empleado: Es la persona que realiza una tarea o labor por cuenta del empleador, cualquier persona natural puede ser empleada, sin embargo, la norma estipula que son capaces para contratar los mayores de 18 años.
Remuneración en Colombia es un asunto que urge otro tipo de discusiones NOTICIA Del colombiano En Colombia 6,06 millones de personas consideran que el trabajo que tienen es inadecuado por el nivel de ingresos que les genera. La cifra, revelada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), no aclara las razones que causan ese descontento con la remuneración percibida. El dirigente asegura que el Código Sustantivo del Trabajo es obsoleto. “Las condiciones de hace 60 años no tienen nada que ver con las condiciones de hoy. Actualmente hay trabajo por horas, por jornales, hay ocupación por días, en síntesis, hay mucho negocio que es a destajo, y todo ese tipo de cosas deben verse reflejadas en ese Código”. A juicio de Botero, el problema para incorporar esas nuevas realidades laborales es que “no hay quién le meta la mano al Código. De inmediato saltan las centrales obreras, eso se vuelve...
Comentarios
Publicar un comentario